Información sobre las escisiones parciales financieras inversas intragrupo
Les informamos sobre la operación de modificación estructural (la “Operación”) que tendrá lugar en el grupo societario al que pertenece CDP EDGE SOLUTIONS, S.L.U., por la que, mediante la realización de manera conjunta y sucesiva, y en el mismo acto, de tres operaciones de escisión parcial financiera inversa de las sociedades B2B AXIS EAST, S.L.U., CDP HOLDING 1, S.L.U. y CDP EDGE SOLUTIONS, S.L.U. (las “Sociedades Escindidas”), las sociedades B2B AXIS EAST 1W, S.L.U., B2B AXIS EAST 2S, S.L.U., B2B AXIS EAST 2W, S.L.U., B2B AXIS EAST 5W, S.L.U., B2B AXIS EAST 6W, S.L.U., B2B AXIS EAST 8W, S.L.U., B2B AXIS EAST 9W, S.L.U., B2B AXIS EAST 11W, S.L.U., B2B AXIS EAST 12W, S.L.U., B2B AXIS EAST S7, S.L.U. y B2B AXIS EAST S6, S.L.U. (las “Sociedades Beneficiarias), pasarán a estar íntegramente participadas por el socio único de CDP EDGE SOLUTIONS, S.L.U., es decir, QUANTUM GLOBAL ASSETS, S.L.U.
Les remitimos el proyecto de modificación estructural elaborado por las Sociedades Beneficiarias y las Sociedades Escindidas a efectos de lo establecido en el artículo 5.6 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, y les avanzamos que la Operación responde únicamente a una reorganización interna para separar líneas de negocio y optimizar la financiación de las mismas.